Recursos para proveedores15 de julio de 2026 a las 15:32:41 (hora de la costa este)

Recursos para proveedores

Para participar en el Programa de Lesiones Perinatales de Virginia, los profesionales sanitarios deben presentar un formulario de cuota anual y abonar dicha cuota al Programa. La legislación de Virginia exige actualmente que la mayoría de los médicos colegiados que ejercen en el Estado paguen una cuota anual del Programa de Lesiones Perinatales, independientemente de su especialidad, incluidos aquellos que no prestan asistencia obstétrica. Animamos a los profesionales sanitarios a que consulten los recursos disponibles y los requisitos de participación para determinar si la adhesión al programa es adecuada para su consulta.

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Formularios

En esta sección se ofrece un acceso rápido a los formularios para proveedores y a los documentos administrativos, entre los que se incluyen acuerdos, evaluaciones, formularios de información y otros recursos relacionados con la participación.

Material informativo para pacientes

La legislación de Virginia obliga a todos los médicos y hospitales a facilitar a sus pacientes de obstetricia una notificación sobre si participan en el Programa de Indemnización por Lesiones Neurológicas Relacionadas con el Parto de Virginia. El Consejo de Administración del Programa establece el momento y el contenido que debe tener dicha notificación, tal y como autoriza la ley.

El aviso sobre la participación o no participación en el programa se puede descargar tanto en inglés como en español.

Preguntas frecuentes para proveedores

¿Cuánto cuesta participar?24 de junio de 2026 a las 01:30:41 (hora de la costa este)

Los hospitales participantes pagan 55 dólares por cada nacimiento vivo, definido como el número de nacimientos que se haya consignado por última vez en el informe anual presentado a Virginia Health Information. La cuota máxima anual que pagaría cualquier hospital es de 200 000 dólares.

La cuota anual para ser médico participante es de 6.200 dólares.

Las tasas se establecen en el Código de Virginia, artículo 38.2-5020.

Para disfrutar de una cobertura completa, la cuota de participación debe abonarse antes del 1 de diciembre, de modo que la cobertura entre en vigor el 1 de enero del año siguiente.

La cuota puede prorratearse. La legislación de Virginia exige que se notifique al Programa con 30 días de antelación la fecha de inicio de la participación solicitada. Ponte en contacto con nosotros para obtener más información.

¿Es necesario que tanto el hospital como el médico que atiende el parto estén afiliados para que el niño esté cubierto?23 de junio de 2026 a las 02:11:26 (hora de la costa este)

La cobertura puede solicitarse en función del médico que asistió en el parto o del hospital en el que tuvo lugar el parto, siempre y cuando uno de ellos sea un proveedor adherido al plan. No es necesario que ambos sean proveedores adheridos al plan.

 

¿Cuándo entra en vigor la cobertura?19 de junio de 2026 a las 13:58:17 (hora de la costa este)

La cobertura entrará en vigor 30 días después de que el Programa haya recibido el contrato firmado y el pago.

¿Deben todos los profesionales sanitarios y hospitales informar a las pacientes de obstetricia de si participan o no en el Programa de Lesiones durante el Parto?24 de junio de 2026 a las 14:07:06 (hora de la costa este)

Sí, todos los médicos, las matronas tituladas y los hospitales están obligados por ley (Código de Virginia, artículo 38.2-5004.1) a informar a sus pacientes de obstetricia de si participan o no en el programa.

El programa ofrece material informativo destinado a informar a los pacientes sobre su situación de participación y sobre las ventajas del programa. El material está disponible en inglés y en español.

 

¿Qué cobertura ofrece el Programa de Lesiones durante el Parto a los profesionales sanitarios?25 de junio de 2026 a las 14:15:15 (hora de la costa este)

Cuando un hospital, un médico o una comadrona titulada participa en el Programa, la ley no permite interponer ninguna demanda por responsabilidad civil (Código de Virginia, artículo 38.2-5004) en caso de que se produzca una lesión neurológica relacionada con el parto que cumpla los requisitos.

En su lugar, se recurre a un procedimiento de solicitud y audiencia, tal y como se establece en la ley (Código de Virginia, desde el artículo38.2-5004 hasta el artículo 38.2-5014), para determinar la elegibilidad para el programa y la concesión de la ayuda. La admisión en el programa se considera un recurso exclusivo (Código de Virginia, artículo 38.2-5004).

Los participantes reciben cobertura y reembolso por la asistencia sanitaria médicamente necesaria y razonable, así como por equipos, material sanitario, medicamentos, terapias, ayudas para la vivienda, transporte, apoyo económico y otras prestaciones de por vida. Consulte nuestra sección «Prestaciones» para obtener una descripción completa de estas prestaciones.

 

¿La participación en el programa sustituye a mi seguro de responsabilidad civil profesional?21 de julio de 2026 a las 14:38:14 (hora de la costa este)

No. La participación en el programa no sustituye a la cobertura por negligencia profesional. Las aseguradoras están obligadas a conceder un crédito anual a los prestadores participantes (tanto hospitales como médicos) en su cobertura de responsabilidad civil por negligencia médica, de conformidad con la ley (Código de Virginia, §38.2-5020.1). El importe del crédito varía en función de la compañía de seguros.

¿Hay algún tipo de bonificación en el seguro por participar?19 de junio de 2026 a las 13:59:28 (hora de la costa este)

Sí. La Ley de Lesiones durante el Parto establece que todo médico participante tiene derecho a una bonificación en su seguro de responsabilidad civil profesional. El importe de la bonificación varía en función de la compañía de seguros. En algunos casos puede ser inferior a la tarifa de médico participante, pero en otros puede ser igual o superior a dicha tarifa. Le recomendamos que consulte con su agente o compañía de seguros para asegurarse de que recibe la bonificación.

¿Se comunica al Banco Nacional de Datos de Profesionales Sanitarios cualquier hecho que dé lugar a la inclusión en dicho registro?21 de julio de 2026 a las 14:38:55 (hora de la costa este)

No, no se comunica al Banco Nacional de Datos de Profesionales Sanitarios.

Sin embargo, cuando se presenta una solicitud de admisión en el Programa de Lesiones durante el Parto ante la Comisión de Indemnización por Accidentes de Trabajo de Virginia, la ley (Código de Virginia, artículo 38.2-5004) exige que la revisión la realicen:

  • El Departamento de Profesiones Sanitarias de Virginia tomará las medidas oportunas respecto a los profesionales implicados, y el caso podrá remitirse al Colegio de Médicos para que se adopten medidas disciplinarias.
  • Departamento de Sanidad de Virginia, en nombre de los hospitales implicados
¿Son los médicos la única fuente de financiación del Programa de Lesiones en el Parto?23 de junio de 2026 a las 02:22:48 (hora de la costa este)

No. Hay cuatro fuentes de financiación:

  • Honorarios de los médicos participantes
  • Tarifas de los hospitales participantes
  • Evaluaciones de médicos no participantes
  • Evaluaciones de las compañías de seguros que comercializan seguros de responsabilidad civil en Virginia
¿Cómo se utiliza el dinero?21 de julio de 2026 a las 14:39:41 (hora de la costa este)

Todas las tasas y contribuciones se destinan al Fondo de Indemnización Neurológica por Problemas Relacionados con el Nacimiento de Virginia y se utilizan exclusivamente para sufragar los gastos de los participantes en el programa y de su funcionamiento (Código de Virginia, artículo 38.2-5015).

La Comisión Estatal de Sociedades realiza un estudio actuarial cada dos años para determinar si el Fondo goza de buena salud (Código de Virginia, artículo 38.2-5020).

 

 

¿Quién regula el programa?21 de julio de 2026 a las 14:41:09 (hora de la costa este)

El programa se rige por:

  • Código de Virginia – Capítulo 50. La Ley de Virginia sobre la indemnización por lesiones neurológicas relacionadas con el nacimiento establece la base jurídica y los requisitos del Programa y del Fondo.
  • El programa cuenta con un plan de funcionamiento que debe ser aprobado (Código de Virginia, artículo 38.2-5017) por la Comisión Estatal de Sociedades.
  • Todas las admisiones en el programa las decide la Comisión de Indemnización por Accidentes de Trabajo de Virginia.
  • El programa está dirigido por un Consejo de Administración compuesto por nueve miembros nombrados por el gobernador.
  • El Consejo gestiona las inversiones del Fondo. El Consejo presenta un informe anual al gobernador, al presidente de la Cámara de Delegados, al secretario de la Cámara de Delegados, al presidente de la Comisión de Reglamento del Senado y al secretario del Senado sobre la inversión de los activos del Fondo.
  • La Junta está obligada a realizar una auditoría anual y a comunicar los resultados a los destinatarios del informe de inversiones del Fondo mencionado anteriormente. A partir del 1 de julio de 2026, la auditoría se remitirá también al Auditor de Cuentas Públicas y se facilitará cualquier análisis pertinente al gobernador y a la Asamblea General.
  • La Comisión Estatal de Empresas está obligada a realizar un estudio actuarial del programa al menos cada dos años.
¿Qué requisitos debe cumplir un niño para poder participar en el programa?25 de junio de 2026 a las 14:15:53 (hora de la costa este)

La Comisión de Indemnización Laboral de Virginia determina quiénes cumplen los requisitos para acogerse al programa.

Su determinación (Código de Virginia, artículo 38.2-5008) se basa en si la lesión perinatal se ajusta a la siguiente definición del artículo 38.2-5001 del Código de Virginia:

Por «lesión neurológica relacionada con el parto» se entiende una lesión en el cerebro o la médula espinal de un recién nacido causada por la falta de oxígeno o por una lesión mecánica que se produzca durante el parto, el alumbramiento o la reanimación necesaria a raíz de dicha falta de oxígeno o lesión mecánica ocurrida durante el parto o el alumbramiento, en un hospital, y que provoque en el recién nacido una discapacidad motora permanente y (i) con una discapacidad del desarrollo o (ii) —en el caso de los lactantes lo suficientemente desarrollados como para ser evaluados desde el punto de vista cognitivo— con una discapacidad cognitiva. Para que se considere una «lesión neurológica relacionada con el parto» en el sentido del presente capítulo, dicha discapacidad deberá hacer que el lactante necesite asistencia de forma permanente en todas las actividades de la vida diaria».

Además, el profesional sanitario que atienda el parto o el hospital en el que se produzca el parto también deben formar parte del programa.

¿Qué significa «retirado de la práctica clínica activa»?23 de junio de 2026 a las 02:34:28 (hora de la costa este)

Significa que el médico ya no atiende a pacientes vivos y no toma decisiones clínicas sobre la atención de los pacientes.

Actividades como la docencia, la investigación, las tareas administrativas, las conferencias, las simulaciones o la tutoría, sin responsabilidad alguna en el tratamiento de pacientes, no se consideran práctica clínica activa.

La prestación de atención directa al paciente o la supervisión de las decisiones clínicas relativas al tratamiento del paciente se considera práctica clínica activa y, por lo general, no cumple los requisitos para acogerse a la exención.

No soy obstetra y no asisto en partos. ¿Tengo que pagar la tasa?24 de junio de 2026 a las 01:18:10 (hora de la costa este)

La cuota de 300 dólares se aplica a todos los médicos con licencia en Virginia, independientemente de su especialidad o de sus ingresos. No obstante, si cumples alguno de los requisitos de exención (véase «Proveedores exentos»), puedes presentar una declaración jurada de exención en lugar de pagar la cuota. Si te conviertes en proveedor participante y pagas la cuota anual de 6.200 dólares, no tendrás que pagar también la cuota.

Tengo una licencia médica vigente, pero no ejerzo la profesión de forma activa en Virginia. ¿Tengo que pagar la cuota?24 de junio de 2026 a las 01:17:24 (hora de la costa este)

Depende.

Si prestas servicios de telemedicina a un paciente que se encuentra en Virginia, se considerará que estás ejerciendo la medicina en Virginia y deberás abonar la tasa correspondiente.

Si no estás prestando ninguna atención médica o clínica activa, es posible que cumplas los criterios para una exención.

Para poder acogerse a esta exención, es necesario cumplimentar la declaración jurada correspondiente; véase «Proveedores exentos».

 

Ya no ejerzo la profesión. ¿Tengo que pagar la cuota?24 de junio de 2026 a las 01:16:03 (hora de la costa este)

Si te jubilaste de la práctica clínica antes del 30 de septiembre del año anterior, no tienes que pagar la cuota. Por ejemplo, si te jubilaste en junio de 2026, no tendrías que pagar la cuota de 2027.

Para poder acogerse a esta exención, es necesario cumplimentar la declaración jurada correspondiente; véase «Proveedores exentos».

 

Trabajo para una organización financiada por el Estado de Virginia o por el Gobierno federal. ¿Tengo que pagar la tasa?23 de junio de 2026 a las 02:35:18 (hora de la costa este)

Si recibes tu remuneración directamente del Estado o del Gobierno federal, normalmente estás exento. Sin embargo, si recibes tu remuneración a través de un intermediario (como una Junta de Servicios Comunitarios o un contratista federal), debes pagar la cuota.

Solo he trabajado una parte del año o a tiempo parcial. ¿Tengo que pagar la cuota íntegra?23 de junio de 2026 a las 02:35:46 (hora de la costa este)

Sí. La consulta médica no puede prorratearse ni reducirse en función de los ingresos.

Si pago la cuota, ¿eso significa que paso a ser médico participante en el Programa de Lesiones en el Parto?23 de junio de 2026 a las 02:36:09 (hora de la costa este)

No. Para convertirse en médico adherido, debe abonar la cuota correspondiente y firmar un contrato de proveedor adherido.

El año pasado estuve exento. ¿Tengo que volver a rellenar la declaración jurada de exención?23 de junio de 2026 a las 02:36:42 (hora de la costa este)

Sí, todos los médicos colegiados que soliciten una exención deben cumplimentar la declaración jurada cada año.

Si el médico solicita una exención y no presenta la declaración jurada cada año, se le impondrá el pago de la tasa anual de 300 dólares correspondiente a los años en los que no la haya presentado.

 

¿Tengo que firmar un contrato cada año?23 de junio de 2026 a las 02:18:59 (hora de la costa este)

Sí, el contrato de proveedor adherido, ya sea para un médico adherido o un hospital adherido, debe firmarse y presentarse cada año.

 

 

 

 

¿Qué casos dan derecho a una exención de la tasa?24 de junio de 2026 a las 01:14:31 (hora de la costa este)

Un médico que cumpla uno de los siguientes criterios podrá quedar exento.

  • Trabaja directamente para el Estado de Virginia o para el Gobierno federal, y los ingresos procedentes de honorarios profesionales representan menos del 10 % de su salario anual
  • Matriculado en un programa de formación médica de posgrado a tiempo completo acreditado por el Consejo Estadounidense de Formación Médica de Posgrado.
  • Retirado de la práctica clínica activa
  • La práctica clínica activa se limita a la prestación de servicios, de forma voluntaria y sin contraprestación económica, a cualquier paciente de cualquier clínica organizada, total o parcialmente, para la prestación de servicios sanitarios gratuitos.
  • No ejerce la medicina en

Para solicitar una exención en virtud de la ley, es necesario cumplimentar una declaración jurada (Código de Virginia, artículo 38.2-5020.1).

 

¿Están obligados los proveedores de telemedicina a pagar la cuota?24 de junio de 2026 a las 01:13:08 (hora de la costa este)

En general, sí. Las directrices de la Junta Médica de Virginia establecen que «el ejercicio de la medicina tiene lugar allí donde se encuentre el paciente en el momento en que se prestan los servicios de telemedicina…». Se considera que un médico que trata a un paciente que se encuentra en Virginia mediante telemedicina está ejerciendo la medicina en Virginia, y no en el estado en el que se encuentra el médico o su consulta. La cuota anual de 300 dólares se aplica a los médicos que prestan servicios de telemedicina a pacientes en Virginia.

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