Ventajas
El programa cubre los gastos médicamente necesarios y razonables de los participantes en relación con:
- Primas del seguro médico
- Atención médica, hospitalaria y de rehabilitación
- Cuidados de enfermería, asistencia personal, atención residencial y cuidados de apoyo
- Servicios terapéuticos (como la terapia ocupacional o la fisioterapia)
- Cuidado dental
- Medicamentos, material sanitario y equipamiento especial
- Equipos médicos duraderos (como sillas de ruedas y elevadores)
- Viajes
- Servicios psicoterapéuticos para familiares hasta un máximo de 10 000 dólares al año
- Ayudas a la vivienda (incluidas la construcción y las reformas)
- Vehículos de motor adaptados para personas con discapacidad
- Prestaciones por discapacidad (de 18 a 65 años)
- Honorarios por tutela, curatela y fideicomiso
- Servicios de defensa de la educación
- Gastos de funeral, cremación y entierro hasta 10 000 dólares
Estas prestaciones se conceden durante toda la vida del participante admitido.
Estas prestaciones entrarán en vigor a partir del 1 de julio de 2026. Se han eliminado los límites máximos anteriores sobre el importe o el nivel de las prestaciones que se pueden conceder, salvo que se indique lo contrario.
Al incorporarse al programa, una familia puede recibir una ayuda económica destinada a cubrir los gastos incurridos hasta la fecha, incluido el reembolso de los honorarios de los abogados.
Si un bebé admitido en el programa fallece en los seis meses (180 días) siguientes al nacimiento, la familia podrá recibir una indemnización de hasta 500 000 dólares.

Actualizaciones recientes
Las políticas provisionales entrarán en vigor el 1 de julio de 2026 y servirán de guía para que la gestión de todas las prestaciones se ajuste a la nueva legislación estatal. Para obtener más información sobre las prestaciones nuevas y ampliadas, consulte lo siguiente:
Cobertura y compensación
La indemnización del programa puede contribuir a sufragar los siguientes gastos:
El programa puede cubrir los gastos de toda la asistencia, los servicios, los medicamentos, el material, las instalaciones y los desplazamientos que sean necesarios y razonables, salvo en los casos en que estén excluidos o cubiertos por un seguro privado o público.
Preguntas frecuentes sobre prestaciones
Las políticas provisionales se aplicarán hasta que sean sustituidas por reglamentos o políticas definitivas. El programa seguirá el procedimiento establecido por la ley para actualizar la normativa vigente. Además, el FAC colaborará en la elaboración de otras políticas necesarias para satisfacer las necesidades de los participantes.
Las políticas provisionales se elaboraron en 2026 por el Programa, en colaboración con el Comité Asesor de Familias (FAC). El FAC está compuesto por cerca de 20 miembros que tienen un participante en el Programa. El FAC aportó sus opiniones durante una serie de cinco reuniones celebradas entre abril y junio de 2026.
Las políticas provisionales:
- Describa las prestaciones del programa, incluidas las nuevas y las ampliadas, con el fin de adaptarlas a las nuevas leyes estatales (HB1007) que entrarán en vigor el 1 de julio de 2026.
- Explique cómo pueden los participantes acceder a servicios como la asistencia médica y de enfermería, las ayudas para el transporte y la vivienda, y las prestaciones por discapacidad.
- Explicar cómo obtener suministros, medicamentos y material médico duradero
- Eliminar «cualquier política, norma o directriz que extinga, limite, restrinja o retrase de forma injustificada el pago de las prestaciones a los solicitantes admitidos…».
- Prevalecerá sobre cualquier información contradictoria que figure en el reglamento y el manual, con efecto a partir del 1 de julio de 2026.
A partir del 1 de julio de 2026, las prestaciones van a cambiar. Tanto si tu familia se incorpora ahora al programa como si llevas años participando en él, habrá servicios nuevos y ampliados, además de requisitos diferentes y menos restrictivos. En general, todas las prestaciones deben ser médicamente necesarias y razonables.
Entre las prestaciones se incluyen, por ejemplo:
- Cobertura de las primas del seguro médico
- Atención médica y hospitalaria
- Cuidados de enfermería y asistencia personal
- Medicamentos, material sanitario y equipos médicos duraderos
- Terapias
- Vehículos adaptados para personas con discapacidad
- Ayudas a la vivienda
- Prestaciones por discapacidad
Póngase en contacto con su asesor personal para comentar su situación particular. Consulte nuestras políticas provisionales para conocer todas las prestaciones que entrarán en vigor a partir del 1 de julio de 2026.

