¿Qué requisitos debe cumplir un niño para poder participar en el programa?
La Comisión de Compensación Laboral de Virginia determina la elegibilidad para el programa.
Su determinación ( Código de Virginia §38.2-5008 ) se basa en si la lesión al nacer cumple con la siguiente definición en el Código de Virginia §38.2-5001:
Por «lesión neurológica relacionada con el parto» se entiende una lesión en el cerebro o la médula espinal de un recién nacido causada por la falta de oxígeno o por una lesión mecánica que se produzca durante el parto, el alumbramiento o la reanimación necesaria a raíz de dicha falta de oxígeno o lesión mecánica ocurrida durante el parto o el alumbramiento, en un hospital, y que provoque en el recién nacido una discapacidad motora permanente y (i) con una discapacidad del desarrollo o (ii) —en el caso de los lactantes lo suficientemente desarrollados como para ser evaluados desde el punto de vista cognitivo— con una discapacidad cognitiva. Para que se considere una «lesión neurológica relacionada con el parto» en el sentido del presente capítulo, dicha discapacidad deberá hacer que el lactante necesite asistencia de forma permanente en todas las actividades de la vida diaria».
Además, el profesional sanitario que atienda el parto o el hospital en el que se produzca el parto también deben formar parte del programa.

