¿Qué cobertura ofrece el Programa de Lesiones durante el Parto a los profesionales sanitarios?
Cuando un hospital, un médico o una comadrona titulada participa en el Programa, la ley no permite interponer ninguna demanda por responsabilidad civil (Código de Virginia, artículo 38.2-5004) en caso de que se produzca una lesión neurológica relacionada con el parto que cumpla los requisitos.
En cambio, se utiliza un proceso de solicitud y audiencia, tal como se describe en la ley ( Código de Virginia § 38.2-5004 a § 38.2-5014), para determinar la elegibilidad para el programa y otorgar la beca. La admisión al programa se considera el único recurso ( Código de Virginia § 38.2-5004 ).
Los participantes reciben cobertura y reembolso por la atención médica necesaria y razonable, así como por equipos, suministros, medicamentos, terapias, asistencia para vivienda, transporte, apoyo financiero y otros beneficios de por vida. Consulte nuestra sección de Beneficios para obtener una descripción completa de estos beneficios.

